A 28 de julio de 2026 no hay convocatoria abierta para nuevas solicitudes en ninguna comunidad autónoma, Canarias incluida. Las convocatorias III y IV cerraron el 31 de octubre de 2025. Lo que sigue describe los requisitos tal y como estuvieron definidos y sirve de referencia para prepararte, no como trámite disponible hoy.
Requisitos generales del programa
Se comprueban con los datos que constan en las administraciones, no con lo que declares en el formulario. Si uno falla, la solicitud se deniega aunque el proyecto tenga sentido.
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Ser pyme, microempresa o persona en situación de autoempleo
Con la condición de pequeña o mediana empresa según la definición europea, o autónomo dado de alta. Quedan fuera las administraciones públicas, las uniones temporales de empresas y determinadas entidades expresamente excluidas.
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Estar dado de alta con la antigüedad mínima exigida
Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, o en el censo equivalente de la Agencia Tributaria Canaria, con la antigüedad mínima que fijó cada convocatoria.
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Encuadrarse en un segmento por número de empleados
El segmento determina el importe máximo del bono. Se calcula según los datos de plantilla en el periodo de referencia de la convocatoria, no según la plantilla del día en que solicitas.
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No tener consideración de empresa en crisis
Según la definición del marco europeo de ayudas de Estado. Es una comprobación de solvencia, no una valoración del proyecto.
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Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
En Canarias esto implica estar al corriente tanto con la AEAT como con la Agencia Tributaria Canaria en lo que corresponda, además de la Tesorería General de la Seguridad Social.
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No superar el límite de ayudas de minimis
El reglamento vigente sitúa el límite general en 300.000 € por empresa a lo largo de un periodo de tres años. Suma todas las ayudas de minimis recibidas, incluidas las autonómicas.
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Realizar el test de madurez digital
La autoevaluación del nivel de madurez digital en Acelera Pyme formaba parte de los requisitos generales. No es un examen: sirve para orientar tu diagnóstico.
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No estar incurso en las prohibiciones de la Ley General de Subvenciones
Las causas del artículo 13 de la Ley 38/2003 impiden obtener la condición de beneficiario, con independencia del resto de requisitos.
Lo que sí es específico si tributas en Canarias
No son requisitos adicionales del programa, pero afectan a tu expediente y a tu tesorería:
| Aspecto | En Canarias | En Península y Baleares |
|---|---|---|
| Impuesto indirecto de la factura | IGIC, tipo general del 7 % en 2026 | IVA, tipo general del 21 % |
| Administración tributaria | Agencia Tributaria Canaria para el IGIC | AEAT |
| Certificado de estar al corriente | AEAT y, según el caso, Agencia Tributaria Canaria | AEAT |
| Compra de equipos fuera del archipiélago | Importación a efectos de IGIC, con declaración aduanera | Entrega interior con IVA |
| Importes máximos del bono | Idénticos: son estatales | Idénticos |
Documentación que conviene tener preparada
- Certificado de situación censal actualizado.
- Vida laboral de la empresa o informe de plantilla media del periodo de referencia.
- Certificados de estar al corriente con AEAT, Agencia Tributaria Canaria y Seguridad Social.
- Declaración responsable de ayudas de minimis recibidas en los tres últimos años.
- Resultado del test de madurez digital de Acelera Pyme.
- Sistema de identificación válido para la sede electrónica: certificado, DNIe o Cl@ve.
Nadie legítimo te pedirá tu certificado digital ni tus claves de la sede electrónica por teléfono o por WhatsApp para «acelerar» un trámite. Si te lo piden, corta la conversación.
Errores que más deniegan expedientes
- Solicitar en un segmento que no corresponde a la plantilla del periodo de referencia.
- Tener una deuda pendiente que impide el certificado de estar al corriente.
- Haber agotado el límite de minimis con otras ayudas, incluidas las autonómicas.
- Firmar el acuerdo con un agente que no está adherido en esa categoría concreta.
- Dar por hecho que existe convocatoria abierta porque una noticia habla del programa.
Preguntas frecuentes
- ¿Los requisitos son distintos en Canarias?
- No. El Kit Digital es un programa estatal y sus requisitos de elegibilidad son los mismos en todo el territorio. Lo que cambia en Canarias es el impuesto indirecto que soporta la operación y la administración tributaria ante la que se declara.
- ¿Necesito domicilio fiscal en Canarias para que la factura lleve IGIC?
- Lo determinante es dónde se localiza la operación a efectos del impuesto, y eso depende de la sede de tu actividad económica. Si tu actividad está en Canarias, la operación tributa por IGIC aunque el proveedor esté en la Península.
- ¿Puedo solicitarlo si soy autónomo sin empleados?
- El segmento III del programa incluyó expresamente a personas en situación de autoempleo. Es el perfil mayoritario en el tejido canario, con mucho peso de microempresas y trabajadores por cuenta propia.
- ¿Hay algún requisito autonómico añadido?
- Para el Kit Digital estatal, no. Otra cosa son las líneas de ayuda propias que convoquen las administraciones canarias: esas tienen sus propios requisitos, plazos y reglas de compatibilidad.