Si tu duda no está aquí, escríbenos desde el formulario. Añadimos las preguntas que se repiten y corregimos lo que se queda obsoleto.
Estado del programa
- ¿Hay convocatoria abierta del Kit Digital en Canarias?
- A 28 de julio de 2026 no hay plazo abierto para nuevas solicitudes en ninguna comunidad autónoma. Las convocatorias III y IV cerraron el 31 de octubre de 2025. Comprueba siempre el estado en la web de convocatorias de Red.es antes de dar por buena cualquier información.
- ¿Se va a reabrir en 2027?
- No hay ninguna resolución publicada que anuncie una reapertura. Cualquier afirmación en firme sobre un plazo futuro, sin enlace a un boletín oficial, es una suposición o un argumento comercial.
- Tengo bono concedido y sin usar. ¿Puedo seguir?
- Los bonos concedidos mantienen sus propios plazos de formalización de acuerdos, implantación y justificación. Revisa la resolución de concesión de tu expediente, que es donde constan tus fechas.
- ¿Y si me queda saldo sin consumir?
- Puedes usarlo dentro de los plazos de tu expediente, en las categorías admitidas y con agentes adheridos. El saldo que no se consuma en plazo se pierde: no se prorroga por defecto ni se convierte en dinero disponible.
IGIC y fiscalidad
- ¿Por qué mi factura lleva IGIC y no IVA?
- Porque Canarias queda fuera del territorio de aplicación del IVA y aplica el Impuesto General Indirecto Canario, dentro del Régimen Económico y Fiscal del archipiélago. Es un impuesto distinto, con su propia ley y su propia administración.
- ¿Qué tipo de IGIC se aplica?
- El tipo general, situado en el 7 % en 2026, en los servicios digitales habituales del programa. Existen tipos reducidos, incrementados y operaciones exentas, así que conviene comprobar el aplicable a tu caso concreto.
- ¿El bono cubre el IGIC?
- No. Las bases del programa excluyen los impuestos indirectos de los conceptos subvencionables. El bono se aplica sobre la base y la cuota del impuesto la adelanta el beneficiario.
- ¿Puedo recuperar el IGIC que pago?
- Si eres empresario o profesional con derecho a deducción y el gasto se destina a tu actividad, con carácter general sí, en tu autoliquidación. En el régimen especial del pequeño empresario o profesional no se deduce el soportado, así que la cuota es coste real.
- ¿El IGIC se declara en el modelo 303?
- No. El modelo 303 es del IVA y se presenta ante la AEAT. El IGIC se autoliquida ante la Agencia Tributaria Canaria con sus propios modelos. Tu asesoría te dirá cuál corresponde a tu caso.
- Estoy en Canarias y contrato a un agente peninsular. ¿Qué pasa?
- Su factura por servicios sale sin IVA porque la operación no se localiza en el territorio de aplicación del impuesto, y el IGIC lo autoliquidas tú. Es viable, pero conviene acordarlo por escrito antes de firmar.
- ¿Y si compro un ordenador desde la Península?
- La entrega sale sin IVA y la introducción del equipo en el archipiélago se liquida como importación a efectos de IGIC, con su declaración aduanera y sus costes. No es lo mismo que contratar un servicio.
Requisitos e importes
- ¿Los requisitos son distintos por estar en Canarias?
- No. Son estatales e idénticos en todo el territorio. Lo que cambia es que «estar al corriente» puede implicar comprobaciones ante la Agencia Tributaria Canaria además de la AEAT.
- ¿Los importes del bono son mayores en Canarias?
- No. Las cuantías por segmento y por categoría son las mismas en todo el país. La diferencia canaria está en el impuesto que se suma a la base, no en la ayuda.
- ¿Un autónomo sin empleados puede solicitarlo?
- El segmento III incluyó expresamente a personas en situación de autoempleo. Es el perfil más habitual en el tejido canario, con mucho peso de microempresas.
- ¿Puedo gastar todo el bono en una sola categoría?
- Solo hasta el tope de esa categoría. Si tu segmento da más de lo que admite la categoría, tendrás que repartir el resto o dejarlo sin usar.
- ¿Las ayudas de cabildos y ayuntamientos cuentan para el minimis?
- Si se conceden bajo el reglamento de minimis, sí: suman al mismo límite acumulado de tu empresa. Lleva un registro propio de todas las ayudas recibidas.
Agentes, proyecto y territorio
- ¿Tengo que contratar un agente digitalizador de mi isla?
- No es un requisito. La cercanía ayuda para la formación y para resolver incidencias, pero lo determinante es que el agente esté adherido en la categoría concreta que vas a contratar.
- ¿Cómo compruebo que un agente está adherido?
- En el catálogo oficial de Acelera Pyme, buscando por razón social o NIF y comprobando en qué categorías consta. Estar adherido para una categoría no habilita para el resto.
- ¿Importa en qué isla estoy para elegir la solución?
- Mucho. El tejido de Lanzarote no se parece al de La Palma ni al del área metropolitana de Gran Canaria. En las fichas por isla explicamos qué encaja en cada contexto y qué no.
- ¿Quién paga el mantenimiento cuando acaba el bono?
- Tú. Es la pregunta que más disgustos evita: pide por escrito el coste mensual o anual a partir de la fecha en la que termina el periodo cubierto, con el IGIC incluido.
- ¿El agente puede presentar la solicitud en mi nombre?
- La solicitud la presenta el beneficiario o su representante autorizado. Nadie legítimo necesita tu certificado digital ni tus claves de la sede electrónica para «acelerar» un trámite.
Sobre este sitio
- ¿Sois una administración pública?
- No. Somos un medio privado e independiente. No representamos a Red.es, a Acelera Pyme, al Gobierno de Canarias, a los cabildos ni a la Agencia Tributaria Canaria.
- ¿Tramitáis solicitudes?
- No presentamos solicitudes ni gestionamos expedientes. Explicamos el programa, su fiscalidad en Canarias y el contexto de cada isla, y orientamos sobre el siguiente paso.
- ¿Esto sustituye a mi asesoría fiscal?
- No. La liquidación del IGIC, tu derecho a deducción y la presentación de tus modelos corresponden a quien lleva tu contabilidad.
- ¿Cómo mantenéis la información actualizada?
- Cada página lleva su fecha de revisión y enlaza a la fuente oficial. Si detectas algo desactualizado, escríbenos: preferimos corregir a mantener una cifra cómoda.